Hasta cuándo justificar las dos ayudas de música del IVC de 2026

Las dos líneas del IVC para sociedades musicales de 2026, instrumentos y fomento de actividades musicales, se justifican como muy tarde el 30 de noviembre de 2026. Los documentos están en la web del IVC, en Ayudas 2026 > Música 2026.

Si vuestra sociedad ha recibido las dos, tendréis que preparar dos justificaciones distintas con la misma fecha límite. La que pide más cuidado es la de instrumentos, porque las compras subvencionadas pueden hacerse hasta noviembre, el mismo mes en que cierra el plazo.

Qué resolución buscar en cada línea

La convocatoria de instrumentos, la Resolución de 13 de febrero de 2026, cubre la adquisición de instrumentos musicales «durante los meses de diciembre de 2025 a noviembre de 2026». La concesión es la Resolución de 19 de mayo de 2026, publicada el 22 de mayo.

La concesión de fomento de actividades musicales es la Resolución de 12 de agosto de 2026 de la Dirección General de Cultura, publicada en la web del IVC el 17 de agosto. Este artículo no recoge qué periodo de actividades cubre esta línea. Comprobadlo en su convocatoria, la Resolución de 17 de marzo de 2026.

Para vuestra sociedad, lo que cuenta es el importe que figura a su nombre en la resolución de concesión de este año.

Por qué las compras de noviembre son las más delicadas

Si la sociedad tiene pensado comprar un instrumento en noviembre, lo prudente es tener la factura y el pago hechos con margen para poder incluirlos en la justificación antes del 30 de noviembre.

Qué fecha cuenta para una compra, la de la factura o la del pago, no conviene darla por supuesta. Comprobadlo en la convocatoria y en los documentos de justificación del IVC antes de cerrar la compra, y si no queda claro, preguntad.

Dónde están los documentos para justificar

En instrumentos, la página «Instrumentos · Justificación» de la web del IVC enlaza dos archivos zip subidos el 22 de mayo de 2026: «DOCUMENTACIÓN PARA JUSTIFICAR LA AYUDA» e «INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LA JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA A INSTRUMENTOS MUSICALES».

En fomento, la página de referencia es la de concesión, con la resolución y el plazo de justificación. Este artículo no recoge documentos de justificación propios de esta línea, así que preguntad al IVC cuáles hay que usar.

Qué papeles pide cada justificación, quién los firma y cómo se presentan está en los documentos del IVC y en las bases. Leedlo allí antes de fiaros de cualquier resumen, también de este. Para dudas, el IVC atiende en el 962 936 621 y en el correo ivc@ivc.gva.es.

Qué puede hacer la junta antes del 30 de noviembre

Estos pasos no son requisitos del IVC, solo un orden de trabajo para la junta:

  • Localizar a la sociedad en la resolución de concesión y anotar la línea y el importe concedido.
  • Descargar los documentos del IVC (en instrumentos, los dos zip) y leer las instrucciones antes de reunir ningún papel.
  • Revisar que cada compra o actividad entra en el periodo y en el concepto subvencionados.
  • Acordar quién firma y presenta en nombre de la sociedad, según lo que indiquen los documentos.
  • Ante cualquier duda, llamar al IVC o consultar a la FSMCV o al gestor de la sociedad.

Dónde encaja Atellio

Atellio no prepara ni presenta justificaciones de subvenciones, y no sustituye ningún documento que pida el IVC. Lo que guarda es la asistencia a ensayos y actos y las convocatorias de la temporada. Si pasáis lista con Atellio, tenéis apuntados los ensayos y actos del año y quién fue a cada uno, por si la junta tiene que repasar la actividad de la sociedad.

Fuentes

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